Voy a hacer un inciso sobre dicho documento al tratarse de limitaciones de INGRESOS:
Cláusula 14.ª Plan de empleo.
[...]
Para las nuevas contrataciones que se realicen como consecuencia de la aplicación de lo estipulado en el párrafo anterior serán de aplicación las nuevas condiciones que se concretan en los acuerdos 14.1.º, 14.2.º, 14.3.º y 14.4.º de esta cláusula [...]
14.1 Ajustes de los salarios de los subgrupos profesionales de ingreso.
La retribución de los nuevos ingresos en el Grupo Renfe se adapta a las condiciones actuales de mercado, creando nuevos niveles de ingreso a los grupos profesionales.
Para ello se crean los oportunos niveles de ingreso [merma de sueldo en las categorías de ingreso por el mismo trabajo], que serán los de acceso a la Empresa a través de los correspondientes procesos de selección, en los Grupos profesionales de Estructura de apoyo y de Cuadros Técnicos y los subgrupos profesionales de ingreso en los colectivos de Comercial, de Fabricación y Mantenimiento y de Administración y Gestión del Grupo Profesional del Personal Operativo.
Como consecuencia de la experiencia, formación y desarrollo de la actividad laboral en el citado subgrupo profesional, se producirá la siguiente evolución, en aras a la confluencia con las retribuciones de los subgrupos de entrada. Las retribuciones de estos nuevos niveles, respecto a las actuales de los niveles de entrada, tendrán una reducción, durante los dos primeros años de un 30%, de un 15% los dos años siguientes y de un 10% el último año. [...] [Para conducción NO]
[1/1/2019] Modificado a partir del CONVENIO II: se eliminan 2 años
(ver entrada Sueldos)
14.2 Bolsas de contratación [...]
14.3 Implementación de Becas Formativas.
[...] El importe de la beca se establece en una ayuda económica de 645 euros mensuales
En aquellos casos en que desde la residencia [entiéndase como RESIDENCIA LABORAL] del becario hasta el lugar de impartición de los cursos no existan servicios de cercanías o la distancia existente requiera que pernocte fuera de su residencia habitual, se analizará la posibilidad de facilitar un billete semanal de ida y vuelta en transporte ferroviario a su lugar de residencia particular, para cada uno de los casos.
Los tiempos máximos de duración de los periodos formativos de este tipo de becas y para los colectivos mencionados no superarán los 6 meses para los becarios en conducción, ni un mes en comercial y en fabricación y mantenimiento, comprendiendo exclusivamente periodos de formación teórica y práctica, procurándose que la impartición de esta formación becada se efectúe en los Centros Formativos del Grupo que faciliten la mejor accesibilidad a los mismos.
14.4 Modificación de los sistemas de promoción.
El colectivo de conducción se conformará en 4 subgrupos profesionales: maquinista de entrada, maquinista, maquinista principal y maquinista jefe del tren. Los tiempos de permanencia para promocionar de un subgrupo al inmediato superior, fruto de la experiencia y del desarrollo de la actividad de conducción, así como la habilitación de vehículos e infraestructuras, se establecerán de la forma siguiente: desde el subgrupo de entrada al de maquinista en 2 años, desde éste al de maquinista principal 4 años 2 años y desde este último al de maquinista jefe del tren otros 4 años.[...]
Para el resto de colectivos, la promoción entre los niveles salariales de los subgrupos profesionales de ingreso y desde estos subgrupos profesionales a los inmediatos superiores se realizará una vez adquirida la experiencia necesaria y haber superado los cursos específicos de formación y capacitación programados por la Empresa.
Con carácter general, a efectos de los sistemas de promoción y para todos los colectivos, serán computables los periodos de prestación efectiva en el Grupo, con independencia de la modalidad contractual en la que hayan sido prestados.[entiéndase como periodo de beca, contrato temporal o indefinido]
14.5 Definición de residencias estratégicas.
[...]
[22/11/2019] Modifica en la negociación de lo acordado en el CONVENIO II
(ver entrada Sueldos).
Afectación a la Cláusula 7.4. Solo afecta al colectivo de
conducción (tacho lo que afecta y añado al final) y otra afectación general!
14.6 Movilidad.
Para dar una respuesta más dinámica a las necesidades de producción, las nuevas incorporaciones que se produzcan en el Grupo Renfe en cualquier colectivo, se podrán realizar con residencias transitorias, en el colectivo de conducción de hasta un máximo de 2 residencias transitorias sucesivas y por tiempo total máximo de 12 meses.
Para el resto de colectivos, se podrán incorporar con una única residencia transitoria por un periodo máximo de 12 meses.
Los trabajadores con residencia transitoria, solicitarán todas las residencias por orden de preferencia, en caso de no hacerlo, la Empresa le destinará a la residencia que estime oportuna.
En el colectivo de conducción, los procesos de movilidad se resolverán cada 12 meses y deberá hacerse efectiva la toma de posesión de la misma en un plazo máximo de 6 meses, momento a partir del cual se iniciaría el derecho a las indemnizaciones previstas en Convenio colectivo.
En el resto de colectivos, los procesos de movilidad se resolverán cada 18 meses y deberá hacerse efectiva la toma de posesión de la misma en un plazo máximo de 6 meses momento a partir del cual se iniciaría el derecho a las indemnizaciones previstas en Convenio colectivo.
Para los trabajadores en cuadros de servicios transfronterizos, habrá un compromiso de permanencia en los mismos de hasta 36 meses. En el ámbito de negociación del Convenio Colectivo del Grupo Renfe se negociará, para estos cuadros de servicio un tratamiento específico.
Los participantes en los procesos de movilidad que hayan obtenido plaza en una de las residencias solicitadas o renuncien a la misma, no podrán participar en la siguiente convocatoria de movilidad.
Los participantes que hayan obtenido plaza en los procesos de adscripción a un cuadro de servicio solicitado o renuncien al mismo, no podrán participar en los siguientes 24 meses en ningún proceso de adscripción, salvo aquellos que por movilidad geográfica no hubieran obtenido el cuadro de servicio solicitado en primer lugar y/o en los cuadros de servicio de nueva creación.
MODIFICACIÓN maquinistas (de manera genérica):
- Procesos de movilidad geográfica...se publicarán anualmente y solicitud de máximo 4 residencias
- Permanencia en la adjudicación:
- si es la 1º prioridad solicitada... 3 años
- si no es la 1º prioridad... 2 años
- Los cuadros de servicios
- si es la 1º prioridad solicitada... 2 siguiente procesos
- si no es la 1º prioridad...
MODIFICACIÓN para PERSONAL OPERATIVO de TODOS LOS COLECTIVOS (mantenimiento, comercial, conducción, ...) para movilidad FUNCIONAL :
- Se dará a conocer en el mismo momento de la publicación del proceso selectivo el detalle de las plazas
Mi valoración:
- Respecto todo ésto firmado por quien lo firmara... se sacan varias conclusiones:
+La quita económica en 5 años equivale a 1 sueldo anual (30%+30%+15%+15%+10%=100%) [excepto para el colectivo de conducción]
+Las movilidades internas no corresponden con los plazos escritos, es el caso de los COMERCIALES que todavía no han podido participar en su proceso de movilidad y llevan más de 12 meses en la residencia provisional.